Contenido
Si tiene previsto establecer su empresa en España, la buena noticia es que, en general, el impuesto de sociedades en España es más bajo que en Francia. Pero para beneficiarse de este sistema fiscal bastante favorable, tiene que entender cómo funciona.
A primera vista, los sistemas fiscales francés y español pueden parecer similares, pero existen algunas diferencias notables. Es fundamental conocerlas y tenerlas en cuenta, tanto a la hora de crear su empresa como en su gestión diaria. Iter Advisors le ayudará a hacer balance de la situación en este artículo.
Fiscalidad de las empresas: ¿qué diferencias hay entre Francia y España?
Impuesto de sociedades
En Francia, el impuesto de sociedades se basa en un tipo fijo del 25%. En España, El Impuesto de Sociedades (IS) se calcula de forma escalonada y oscila entre el 15% y el 30% en función del volumen de negocios de la empresa:Nuevas empresas | 15% durante los dos primeros años |
Chiffre d’affaires annuel < 5 millions d’euros | 20% sobre los primeros 300.000 euros y 25% a partir de entonces |
Chiffre d’affaires annuel < 10 millions d’euros | 25% sobre los primeros 300.000 euros, después 30%. |
Ventas anuales > 10 millones de euros | 30% |
Impuesto de aprendizaje
No existe en España.Impuesto sobre actividades económicas
Tampoco existe en España.Tributación anual a tanto alzado
Tampoco existe en España.IVA
El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), equivalente al IVA en España, se rige por 3 tipos impositivos:Tipo general del IVA: 21 | Casi todos los productos y servicios |
Tipo de IVA reducido : 10% | Algunos bienes y servicios, como los productos sanitarios, de ocio y deportivos, la restauración, la construcción de viviendas, etc., no están incluidos en el precio. |
Tipo de IVA superreducido : 4% | Bienes de primera necesidad, como alimentos básicos, medicamentos y otros productos médicos |
Cotizaciones a la Seguridad Social y cotizaciones empresariales
En España, las cotizaciones a la Seguridad Social, que ascienden aproximadamente al 36% del salario bruto del trabajador, se calculan según la siguiente escala:Categoría | Empresario | Empleado | Total |
---|---|---|---|
Contribución general | 23,60 % | 4,70 % | 28,30 % |
Desempleo: Contrato indefinido | 5,50 % | 1,55 % | 7,05 % |
Desempleo: CDD | 6,70 % | 1,60 % | 8,30 % |
Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales | Cotizaciones determinadas según una tarifa fijada por el Gobierno, teniendo en cuenta el riesgo específico de cada actividad. | ||
Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) | 0,20 % | - | 0,20 % |
Formación profesional | 0,60 % | 0,10 % | 0,70 % |
Impuesto sobre actividades económicas
En España, las empresas están sujetas al Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), un impuesto gestionado por los ayuntamientos. Las tarifas varían en función del municipio, la actividad desarrollada y el número de empleados. Sólo están obligadas las empresas que facturan más de un millón de euros, y todas las empresas están exentas durante los dos primeros años.¿Qué pasa con las deducciones y bonificaciones fiscales para las empresas?
En España, al igual que en Francia, determinadas inversiones y gastos pueden acogerse a créditos y deducciones fiscales. Por ejemplo: inversión en I+D, Patent Box, inversión en innovaciones tecnológicas, producciones cinematográficas, series audiovisuales y determinados espectáculos, creación de empleo y creación de empleo para discapacitados. Cabe señalar que el Gobierno español está trabajando en una nueva normativa, la "Ley Startup", cuyo objetivo es desarrollar la innovación y el espíritu empresarial en su territorio. A finales de 2022 deberían estar en vigor ventajas fiscales específicas para las empresas de nueva creación, los inversores y los empleados, en particular para las opciones sobre acciones.Fiscalidad personal en España: principios básicos del IRPF
El empleador retiene en origen el Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF), equivalente al impuesto sobre la renta. Los trabajadores por cuenta ajena también deben presentar una declaración de la renta anual para regularizar, en su caso, la cuantía abonada. El importe se calcula entre paréntesis y se aplican deducciones. He aquí una comparación de los tipos utilizados en Francia y España:
Francia - Tramos impositivos | Francia - Tipo impositivo | España - Tramos impositivos | España - Tipo impositivo |
---|---|---|---|
Hasta 10.225 euros | 0% | De 0 a 12.450 euros | 19% |
De 10.226 a 26.070 euros | 11% | De 12.451 a 20.200 euros | 24% |
De 26.071 euros a 74.545 euros | 30% | De 20.201 a 34.000 euros | 30% |
De 74.546 euros a 160.336 euros | 41% | De 34.001 a 60.000 euros | 37% |
Más de 160.336 euros | 45% | De 60.001 a 300.000 euros | 45% |
- | - | Más de 300.000 euros | 47% |
También existe un régimen fiscal especial para los extranjeros que se trasladan a España para trabajar: la Ley Beckham. Este régimen, muy ventajoso a partir de un determinado umbral de ingresos, permite a los expatriados pagar un tipo fijo del IRPF del 24% sobre sus ingresos españoles durante los 5 primeros años.
Conclusión
Los sistemas fiscales francés y español comparten muchos principios comunes, pero la fiscalidad española es ligeramente más flexible que la francesa. Sobre todo, los dos sistemas difieren casi sistemáticamente en cuanto a los tipos aplicados y los métodos de cálculo. No pases por alto estas diferencias y, a la hora de tomar decisiones, recurre a la ayuda de expertos administrativos y financieros.Encuentre todos los contenidos elaborados por nuestros CFO: artículos, fichas, testimonios, plantillas descargables, etc.