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Modelo 720: la temida obligación de informar para expatriados en España

Actualizado en septiembre de 2026Por · · 3 lectura mínima

El Modelo 720 es la declaración informativa que deben presentar todos los residentes fiscales españoles cuando sus activos situados fuera de España superen 50 000 € en una de tres categorías: cuentas bancarias, valores y seguros de vida, bienes raíces. De ello no se deriva ningún impuesto, pero la obligación está controlada, y es la que más a menudo olvidan los dirigentes franceses instalados en España.

Modelo 720: declara tus bienes y derechos en el extranjero en España
50 000 €
umbral, por categoría de bienes
3
categorías apreciadas por separado
31 de marzo
fecha límite de presentación
20 000 €
aumento que requiere nueva declaración

El Modelo 720 es una declaración informativa obligatoria para cualquier residente fiscal en España con bienes o derechos situados en el extranjero. Aunque esto no es una obligación tributaria, no hacerlo puede dar lugar a sanciones.

¿Quién se ve afectado y cuáles son los umbrales?

Debes presentar el Modelo 720 si el valor total de tus bienes y derechos en el exterior excede 50 000 € en una de estas tres categorías distintas:

  1. Cuentas bancarias: Cuentas corrientes, cuentas de ahorro A, cuentas LDD, cuentas N26 o Revolut (si el IBAN no es español).
  2. Valores, derechos, seguros e ingresos: Acciones, bonos, carteras de inversión y, especialmente, contratos de seguros de vida franceses.
  3. Bienes raíces: Casas, pisos o terrenos situados fuera de España.

Importante: El umbral de 50.000 € se evalúa por categoría. Si tienes 40.000€ en cuentas bancarias y 40.000€ en seguros de vida, no estás sujeto a la obligación de informar.

Plazos y sanciones en 2026

La declaración debe realizarse electrónicamente ante la Agencia Tributaria (AEAT) entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al ejercicio financiero en cuestión (por ejemplo, antes del 31 de marzo de 2026 para el ejercicio financiero 2025).

Tras una condena del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) al considerar "desproporcionadas" las sanciones iniciales, España tuvo que revisar su régimen sancionador. Se han suprimido las multas fijas extremadamente elevadas y ahora se aplica el régimen general de sanciones fiscales. Sin embargo, la obligación de informar sigue estrictamente vigente.

¿Cómo declarar el Modelo 720?

La declaración se realiza exclusivamente online, en la página web de la Agencia Tributaria, con certificado digital o identificación Cl@ve. El proceso se divide en cuatro pasos:

  1. Reúna los documentos de respaldo : estados de cuenta bancarios al 31 de diciembre y saldos promedio del último trimestre, valores de rescate de contratos de seguros de vida, valor de adquisición de inmuebles.
  2. Identificar las categorías en cuestión : el umbral de 50.000 € se evalúa por separado para las cuentas, los valores y los bienes inmuebles.
  3. Llena el formulario : cada inmueble se declara individualmente, con sus identificadores (IBAN, número de contrato, referencia catastral) y su valoración.
  4. Enviar antes del 31 de marzo : no está prevista ninguna prórroga y la declaración en papel no existe.

Una vez realizada la primera declaración, sólo hay que volver a declarar una categoría si su valor aumenta en más de 20 000 € en relación con la última declaración presentada, o si deja de ser titular del bien declarado.

Los errores más comunes

Olvídate de los neobancos. Una cuenta N26 (IBAN alemán) o Revolut (IBAN lituano o irlandés) es una cuenta extranjera en el sentido del Modelo 720, incluso si la solicitud está en español y la tarjeta se utiliza en Barcelona.

Ignora el seguro de vida francés. Se trata de la categoría más olvidada entre los expatriados franceses: los contratos de seguros de vida entran en la categoría de “valores, derechos y seguros”, por su valor de rescate al 31 de diciembre.

Creer que los productos en Francia están fuera del alcance. Una vez que eres residente fiscal español, tu apartamento parisino, tus cuentas francesas y tu PEA son activos en el extranjero, desde el punto de vista español.

Declaración y tributación confusas. El Modelo 720 no genera impuestos por sí mismo; algunos concluyen que es opcional. La obligación es puramente declarativa, pero está controlada y su incumplimiento sigue siendo punible.

Esta obligación de informar afecta principalmente a los directivos que instalarse en España con estructura francesa : las cuentas, carteras y activos mantenidos en Francia entran todos dentro del alcance del Modelo 720 una vez adquirida la residencia fiscal española. Para situar esta declaración en todas sus obligaciones, nuestro Guía fiscal Francia-España da vueltas sobre el tema.

Preguntas frecuentes sobre el Modelo 720

¿Quién debe declarar el Modelo 720 en España?

Cualquier residente fiscal en España con bienes o derechos situados en el extranjero cuyo valor total supere los 50.000€ en alguna de las tres categorías (cuentas bancarias, valores/seguros de vida, bienes inmuebles). El umbral se evalúa por categoría distinta.

¿Cuál es el plazo para presentar el Modelo 720?

La declaración deberá realizarse electrónicamente ante la Agencia Tributaria (AEAT) entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al ejercicio de que se trate (por ejemplo, antes del 31 de marzo de 2026 para el ejercicio 2025).

¿Cuáles son las sanciones del Modelo 720 en 2026?

Tras la condena del TJUE por considerar “desproporcionadas” las sanciones iniciales, se eliminaron las multas fijas extremadamente elevadas. Actualmente se aplica el régimen general de sanciones fiscales, pero la obligación de informar sigue estrictamente vigente.

¿Hay que volver a depositar el Modelo 720 cada año?

No. Una vez presentada la primera declaración, sólo es necesario volver a declarar una categoría si su valor aumenta en más de 20.000 € respecto a la última declaración, o si deja de ser titular del bien declarado.

¿El Modelo 720 debe entregarse según la ley Beckham?

No para el beneficiario del régimen de impatriación (consulta vinculante DGT V0092/2014), que no tributa por sus rentas mundiales. El cónyuge residente fiscal ordinario permanece obligado por la obligación y la exención cesa al salir del régimen.

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Fuentes y referencias

  1. Modelo 720 — Declaración informativa de las propiedades y condiciones ubicadas en las partes extras — Agencia Tributaria (AEAT), trámite oficial.
  2. Sentencia C-788/19, Comisión Europea contra Reino de España: el régimen de sanciones del Modelo 720 se considera contrario al Derecho de la Unión — Tribunal de Justicia de la Unión Europea, 27 de enero de 2022.

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