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Fiscalidad España

Ley Beckham: ¿se puede acoger al régimen de impatriación?

Tipo fijo del 24%, duración 6 años, condiciones estrictas: todo lo que debes comprobar antes de solicitar la dieta Beckham en España.

6 min de lecturaActualizado el 24 de julio de 2026
Benjamin Ziza

Cofundador y director financiero, Iter Advisors

Recuerda en 30 segundos

4 condiciones acumulativas: residente no fiscal durante los 5 años anteriores + traslado profesional + contrato español + ingresos principales en España.

Plazo obligatorio: solicitud en el plazo de 6 meses mediante el modelo 149 presentado ante la AEAT.

Ventaja: Tipo fijo del 24% sobre la renta española durante 6 años (vs escala progresiva hasta el 47%).

Plazo crítico: 6 meses para actuar

La solicitud de la dieta Beckham debe presentarse dentro de 6 meses desde el alta en la Seguridad Social Español. Después de este período, no es posible ninguna exención. Este es el error más común y el más costoso.

El régimen de Beckham: 24% de IRPF fijo durante 6 años para impatriados

Ley Beckham — oficialmente la Régimen especial de impatriados (artículo 93 de la ley española del IRPF) — permite a las personas que se establecen en España por motivos profesionales optar por tributar como no residentes durante un período máximo de 6 años. Concretamente, esto significa una tasa fija del 24% sobre rentas de fuente española hasta 600.000€ (un 47% más), donde la clásica escala progresiva del IRPF puede llegar al 47% desde los tramos superiores.

El sistema ha sido profundamente reformado por el Ley de Startups en 2023, que amplió su acceso a nuevos perfiles y relajó determinadas condiciones. Sin embargo, sigue sujeto a criterios estrictos que todos los candidatos deben verificar antes de presentar su solicitud.

DietaTarifa aplicableDuraciónIngresos afectados
Régimen de Beckham (impatriado)24% hasta 600.000€6 añosFuente en español solamente
IRPF Clásico (residente)19% a 47% (progresivo)IlimitadoIngresos mundiales
Más allá de 600.000€ (Beckham)47 %6 añosfuente española

¿Por qué “ley Beckham”?

El régimen debe su apodo popular a David Beckham, de quien se dice que se benefició de él cuando llegó al Real Madrid en 2003. El nombre oficial es Régimen especial aplicable a trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados en territorio español.

4 condiciones acumulativas para poder optar a la dieta Beckham en 2026

El acceso al régimen de Beckham está condicionado al encuentro simultáneo de los siguientes cuatro criterios. La ausencia de uno solo de ellos conlleva el rechazo de la solicitud.

Condición 1 — No residente fiscal en España durante los 5 años anteriores

El solicitante no debe haber sido residente fiscal en España durante el 5 años calendario inmediatamente anterior a la transferencia. Esta condición se valora de forma estricta: la residencia fiscal española, incluso parcial, durante este período descalifica al candidato. Por otro lado, las simples estancias puntuales, turísticas o profesionales, no constituyen residencia fiscal en el sentido de la legislación española.

Condición 2 — Mudarse a España por motivos profesionales

El traslado a España debe estar motivado por la actividad profesional, y no por motivos personales. La Administración Tributaria Española (AEAT) verifica que la transmisión es anterior o concomitante al inicio de la actividad en España. Una mudanza que se produjo varios meses antes de asumir el cargo puede ser objeto de interrogación.

Condición 3 — Contrato de trabajo español o nombramiento como directivo

El solicitante debe presentar prueba de contrato de trabajo con entidad española, o un nombramiento como miembro de la junta directiva (administrador, consejero) de una sociedad española, siempre que esta sociedad no sea una simple sociedad patrimonial. Desde 2023, los trabajadores desplazados por una empresa extranjera también pueden cumplir esta condición, previa prueba del desplazamiento.

Condición 4 — Ingresos principales de fuente española

Los ingresos laborales deben ser generado principalmente en España. Esta condición se verifica en la práctica por el hecho de que el trabajador ejerce su actividad en territorio español. Los ingresos de fuente extranjera están excluidos de la base imponible bajo el régimen de Beckham, lo que constituye una ventaja notable para las personas que reciben dividendos o ingresos de propiedad en el extranjero.

Condición acumulativa

Se deben cumplir estas cuatro condiciones simultáneamente al momento de presentar la solicitud. El incumplimiento de una sola condición, aunque sea marginalmente, da lugar a un rechazo que la AEAT no corrige retroactivamente.

Quién puede beneficiarse del régimen de Beckham: empleado, directivo, nómada digital

Desde la reforma de 2023, el espectro de posibles beneficiarios del régimen de Beckham se ha ampliado. Están expresamente amparados por la ley los siguientes perfiles:

Empleados de empresas españolas

Este es el caso más común y más firmemente establecido. Cualquier persona contratada por una empresa española –PYME, filial de un grupo internacional, startup– puede beneficiarse del régimen siempre que cumpla las condiciones de no residencia previa y contrato laboral local. Los altos directivos y los perfiles técnicos internacionales son los beneficiarios más frecuentes.

Líderes de entidades españolas

Personas nombradas como administrador único, consultor delegado o miembro de un consejo administrativo de una empresa española operativa (excluidas las sociedades holding puras) son elegibles. Esta pasarela es especialmente utilizada por fundadores de empresas que se instalan en España para gestionar su actividad local.

Trabajadores destacados por una empresa extranjera

Una persona cedida por su empleador extranjero a una entidad española del mismo grupo (o a un cliente español como parte de un acuerdo comercial) es elegible para el plan. La comisión de servicio deberá formalizarse mediante carta de misión o modificación del contrato de trabajo inicial.

Nómadas digitales (desde 2023)

El Ley de Startups de 2022, que entró en vigor en 2023, introdujo la Visa Nómada Digital Española, que abre explícitamente el acceso al esquema Beckham a los trabajadores por cuenta propia (freelancers) cuyos ingresos procedan de clientes establecidos fuera de España. Se trata de una importante novedad que responde a una creciente demanda de la comunidad de teletrabajadores internacionales radicados en España.

PerfilElegibilidadCondición específica
Empleado de una empresa españolaSíContrato de trabajo local
Gerente designado (administrador)SíEmpresa operativa española
Trabajador desplazado (grupo)SíCarta de misión formalizada
Nómada digital (freelance)Sí (desde 2023)Visa Nómada Digital + clientes extranjeros >80%

Quién está excluido del régimen de Beckham: deportistas, ex residentes, casos especiales

Ciertos perfiles, pese a vivir en España, no pueden acceder al régimen de Beckham. Es fundamental comprobar estas exclusiones antes de tomar cualquier medida.

Trabajadores autónomos sin entidad española (excluido visa Nómada Digital)

Un autónomo que se traslada a España para trabajar por cuenta propia, sin obtener el visado Nómada Digital, no puede acceder al régimen. Simplemente registrándose en el planautónomo (equivalente español a la condición de autónomo) no es suficiente: se necesita o un contrato de trabajo con una entidad española, o el visado específico creado por la Ley de Startups.

Personas que ya se han beneficiado de la dieta Beckham

El plan solo se puede utilizar una vez por persona y estancia en España. Si ya te has beneficiado del régimen durante una estancia anterior en España, no podrás volver a solicitarlo en una vuelta posterior.

Residentes fiscales españoles recientes

Como se ha comentado, queda excluido quien haya sido residente fiscal en España durante cualquiera de los cinco años naturales anteriores a la transferencia. Esta condición es a veces subestimada por personas que han vivido brevemente en España en el pasado o que han mantenido allí una segunda residencia.

Gerentes de empresas patrimoniales

La ley excluye expresamente a los directores empresas patrimoniales(sociedades cuyo activo se compone principalmente de valores mobiliarios o inmobiliarios no asignados a una actividad económica). Por tanto, una sociedad holding puramente financiera no permite el acceso al régimen mediante el nombramiento como administrador.

El caso del directivo de una empresa francesa

Un directivo remunerado únicamente por su empresa francesa (SARL, SAS) no cumple la condición de un contrato español ni de un nombramiento en una entidad española. Para acceder al plan, debe crear una entidad española y ser designado para ella, o celebrar un contrato de trabajo con una empresa española existente.

Plazo de solicitud: 6 meses después del alta en la Seguridad Social Española

La solicitud de aplicación del régimen de Beckham se formaliza a través del modelo 149, a presentar ante la Agencia Tributaria (AEAT). Este formulario debe presentarse dentro de 6 meses después de la contratación o, para nómadas digitales, tras su entrada en España.

Plazo obligatorio: 6 meses

El modelo 149 debe presentarse en el plazo de 6 meses. Un solo día de retraso significa que pierdes el plan durante toda tu estancia. La AEAT no concede prórroga alguna y no reconoce ninguna causa de fuerza mayor salvo circunstancias excepcionales muy estrictamente definidas.

Las etapas de la solicitud

  1. Reúna los documentos de respaldo: Contrato de trabajo español, NIE (Número de Identificación de Extranjero), certificado de residencia fiscal anterior en el país de origen, y cualquier documento que acredite el carácter profesional del traslado.
  2. Completar modelo 149 (disponible online en el portal de la AEAT) indicando la fecha de contratación, el inicio de actividad en España y el motivo del traslado.
  3. Envíe el formulario dentro de los 6 meses siguientes a la fecha de contratación, bien online a través del portal de la AEAT (con certificado electrónico o Cl@ve PIN), o presencialmente en una oficina de la AEAT.
  4. Conservar acuse de recibo : la AEAT emite una confirmación que servirá de prueba para que el empresario aplique una retención en origen del 24% sobre los primeros sueldos.

Una vez otorgado el régimen, se aplica automáticamente durante los siguientes 6 años, incluido el año de llegada, que cuenta como el primer año completo. El contribuyente declara sus ingresos cada año a través de la modelo 151 (y no el modelo 100 estándar del IRPF).

PasoFormularioRetraso
Solicitud de opción de planModelo 149Dentro de los 6 meses posteriores a la contratación
Declaración anual del impuesto sobre la rentaModelo 151Abril-junio del año N+1
Renuncia al régimen (opcional)Modelo 149 (renuncia)Antes del 31 de marzo del año en cuestión
Para ir más allá en el cálculo del ahorro fiscal real, consulta nuestro guía completa de la ley Beckham que detalla las simulaciones numéricas por tramo de ingresos.

Prueba de elegibilidad: ¿te afecta la dieta Beckham?

Repase estas 6 preguntas para evaluar rápidamente su situación. Un “no” a cualquiera de las primeras 4 preguntas indica una probable exclusión del plan.

  1. ①
    ¿No ha sido residente fiscal en España en los últimos 5 años?
    ☐ Sí (condición cumplida) ☐ No (condición no cumplida - probable exclusión)
  2. ②
    ¿Te mudas a España por motivos profesionales (empleo, gestión, comisión de servicio)?
    ☐ Sí (condición cumplida) ☐ No (condición no cumplida - probable exclusión)
  3. ③
    ¿Tiene un contrato de trabajo español o un nombramiento como gerente de una entidad operativa española?
    ☐ Sí (condición cumplida) ☐ No (condición no cumplida - probable exclusión)
  4. ④
    ¿Sus principales ingresos serán de fuente española (actividad realizada en España)?
    ☐ Sí (condición cumplida) ☐ No (condición no cumplida - probable exclusión)
  5. ⑤
    ¿Alguna vez te has beneficiado de la dieta Beckham durante una estancia anterior en España?
    ☐ Sí (nunca usado — compatible) ☐ No (ya usado — cierta exclusión)
  6. ⑥
    ¿Puedes presentar el modelo 149 en los 6 meses siguientes a tu incorporación a un puesto de trabajo en España?
    ☐ Sí (procedimiento factible) ☐ No (plazo superado: acceso al régimen imposible)
Resultado: Si respondiste “Sí” a las 6 preguntas, tu perfil es a priori compatible con la dieta Beckham. Sin embargo, un punto verde no garantiza la aceptación: la AEAT podrá solicitar justificantes adicionales. Haga que un profesional de impuestos revise su archivo antes de presentarlo.

¿Su perfil parece elegible? No te pierdas el plazo de 6 meses.

Iter Advisors apoya a los directivos y directivos que se instalan en España en la constitución y presentación de su expediente Beckham, comprobando las condiciones, elaborando los justificantes, presentando el modelo 149 y realizando el seguimiento de la declaración anual 151.